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¿Necesitas una cuidadora o cuidador para tu familiar?
Lo primero a tener en cuenta, ¿qué grado de dependencia tiene tu familiar?
Si necesitas saber qué tipo de cuidadora es mejor para tu familiar es fundamental determinar el grado de dependencia de la persona a cuidar y para ello vamos a comenzar definiendo qué significa este término según la Ley de Dependencia (Ley 39/2006, de 14 de diciembre) que define la dependencia como «estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal».
¿A qué nos referimos con actividades básicas?
- El cuidado personal
- Las actividades domésticas básicas,
- La movilidad esencial
- El reconocer personas y objetos
- La capacidad para orientarse, entender y/o ejecutar órdenes o tareas sencillas
Si reconoces en tu familiar estas características, ya puedes identificar qué grado de dependencia tiene, a continuación te contamos qué tres grados define la Ley de Dependencia y qué tipo de cuidadora a domicilio puede encajar mejor para cada uno de ellos.
Dependencia modera: necesita la atención de una cuidadora ayuda mínimo una vez al día
Una persona con grado I de dependencia se considera que tiene una dependencia moderada al necesitar ayudar al menos una vez al día para realizar actividades básicas de su día a día o necesita un apoyo intermitente o limitado que garantice su autonomía personal.
En este primer caso recomendamos la asistencia de una cuidadora a domicilio puntual que ayude a la persona en las actividades básicas que tenga más dificultad y sea su apoyo en aquellos momentos del día que la persona se encuentre más cansada o necesitada.
Dependencia severa: necesita cuidadora de dos a tres veces al día
Una persona con grado II de dependencia se considera que tiene una dependencia severa al necesitar ayudar al menos dos o tres veces al día para realizar actividades básicas de su día a día pero no quiere un apoyo de manera permanente de una cuidadora de personas mayores.
En este segundo caso se necesitaría una cuidadora a domicilio por horas que ayude a la persona a superar los obstáculos que pueda encontrarse a lo largo de su día y mejorar su calidad de vida, además de proporcionarle un acompañamiento emocional.
Gran dependencia: necesidad de un apoyo continuo e indispensable
Una persona con grado III de dependencia se considera que tiene ya gran dependencia al necesitar un apoyo continuo e indispensable o generalizado para realizar las actividades básicas de su día a día al haber experimentado una pérdida total de autonomía (ya sea física, mental, intelectual o sensorial).
En este último caso recomendamos la asistencia de una cuidadora interna a domicilio que garantice la atención continua e integral al familiar y sea también un alivio para el entorno cercano al saber que la persona está perfectamente cuidada.
Y si tienes cualquier duda sobre cómo elegir a la cuidadora que necesitas para tu familiar puedes llamarnos al 611 25 76 43.